El Juez Miguel Medina ordenó al PAMI a que en el plazo de dos días entregue al actor la documentación relativa al pago de las refacciones y gastos que demandó la instalación de su nueva sede, ubicada en calle Zuviría Nº 20, bajo apercibimiento de correr vista al Fiscal Federal en turno para la promoción de las acciones penales por desobediencia judicial.
Para así decidir el magistrado, siguiendo el precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación “Asociación Derechos Civiles c/ Estado Nacional -PAMI”, señaló que “…la negativa a brindar la información requerida constituye un acto arbitrario e ilegítimo en el marco de los principios de una sociedad democrática e implica, en consecuencia, una acción que recorta en forma severa derechos que son reservados a cualquier ciudadano, en tanto se trate de datos de indudable interés público y que hagan a la transparencia y a la publicidad de gestión de gobierno, pilares fundamentales de una sociedad que se precie de ser democrática.”
Los antecedentes
La sentencia fue dictada en el día de hoy, en el marco del proceso de amparo que iniciamos contra el PAMI el 21 de agosto pasado ante la falta de respuesta a nuestros pedidos de acceso a información relativa a sus contratos de alquiler y a los gastos de refacción de su nueva sede.
Cabe recordar que al contestar la demanda, el PAMI había afirmado en un primer momento, que no estaba obligada a brindar la información solicitada ya que entendía que “toda la documentación del Instituto no puede ni debe ser suministrada libremente dado que hace al funcionamiento interno.”
Había señalado el PAMI también que la información sobre sus contratos de alquiler “es información sensible”, “por cuánto la misma involucra intereses subjetivos y/o patrimoniales de terceros ajenos al Instituto, todo lo cual, podría significar que estamos circunscriptos en la esfera del Derecho Civil” (SIC) y que “cabe preguntarse si la información solicitada lo es por el mero interés de la información en si, o lo es con el fin de recabar información respecto de terceros, necesaria para iniciar acciones judiciales, de índole Civil, Comercial y/o de Derecho de Familia.”
Sin embargo, con posterioridad al dictamen del Fiscal Eduardo Villalba, quién había recomendado que se hiciese lugar a la demanda, el PAMI resolvió espontáneamente acompañar a la justicia las copias de sus contratos de alquiler, pero omitió acompañar la información relativa a los gastos de refacción de su nueva sede, información que ahora deberá acompañar por orden judicial.
Es oportuno señalar que los gastos de alquiler y refacción de la nueva sede del PAMI fueron objeto de cuestionamiento por parte de FM Aries a mediados de junio de este año. En efecto, ese medio había denunciado que desde junio de 2.012 el PAMI había gastado alrededor de $ 58.000 mensuales por un local que estuvo prácticamente en desuso durante un año y que la cifra invertida ascendía a casi un millón de pesos.
Seguiremos informando.
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