El 15 de octubre fundamos el recurso apelación que interpusimos contra la sentencia que rechazó la acción de amparo que iniciamos para conocer cuánto ganan los jueces de la Corte de Justicia de Salta.
La sentencia que nos denegó el derecho de acceso a esa información fue dictada el 2 de octubre por el juez Leonardo Araníbar, integrante de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Salta.
En los fundamentos de su sentencia Araníbar señaló, que si bien la Corte de Salta publicó en su página web la escala salarial básica de los jueces con posterioridad a la interposición de la demanda, tal publicación cumpliría en su opinión, plenamente con las pautas de transparencia activa exigidas por el artículo 32 de la Ley 27.275
La arbitrariedad de la sentencia
El juez Araníbar al resolver el juicio eludió pronunciarse sobre la única cuestión que se le requirió, esto es si la Corte tiene obligación o no de brindar la información que le solicitamos.
Nuestra acción de amparo fue interpuesta para conocer el sueldo que por todo concepto reciben los jueces que integran la Corte, incluyendo el detalle de cada uno de los ítems remunerativos y no remunerativos que lo integran, y no las escalas salariales básicas.
En nuestro recurso de apelación señalamos que la sentencia del juez Araníbar es arbitraria por carecer de fundamentación, por apartarse de las constancias de la causa y de los dispuestos por las normas aplicables al caso y por su evidente falta de consistencia lógica.
Afirmamos también en nuestro recurso que el juez omitió pronunciarse sobre una serie de argumentos que desarrollamos a lo largo del juicio, entre otros, que la publicación en internet realizada por la Corte no coincidía con el objeto de nuestra solicitud de información, que tal publicación no indicaba que lo percibido por los jueces de Corte se limitara exclusivamente a esos montos y que la “transparencia activa” de la ley no ha sido pensada para operar como un límite a los pedidos de los ciudadanos, dado que rige el principio de máxima divulgación sino como un mínimo de información que debe estar siempre publicado y actualizado y que el ciudadano puede siempre pedir información más detallada.
Recurso de apelación
Pedimos que los Jueces de la Corte sean apartados de la causa
El recurso de apelación deberá ser resuelto por la Corte de Justicia de Salta, por esa razón el 15 de octubre solicitamos que los jueces que actualmente integran ese tribunal sean apartados de la causa.
Tal petición fue realizada a través de un planteo de recusación que ahora deberá resolver la propia Corte de Justicia con sus actuales integrantes.
En la recusación que interpusimos contra los miembros de la Corte, resaltamos, entre otros argumentos, que la presente causa tiene como demandada a la propia Corte de Justicia de Salta y que resulta evidente, por lo tanto, el interés que los jueces que la integran tienen en el presente pleito, dada tal condición, interés que compromete la imparcialidad que es dable esperar de todo juez.
Señalamos en nuestra presentación que resultaría un escándalo que el presente proceso que se ha iniciado contra la Corte de Justicia, sea resuelto por los mismos Jueces que la integran ya que ello implicaría violar derechos básicos que consagra y garantiza nuestro ordenamiento jurídico, tales como el de ser oído por un juez o tribunal independiente e imparcial.
Seguiremos informando.