Salta Transparente exigió al Senado de la Provincia que cumpla con el artículo 152 de su Reglamento y permita la participación ciudadana en el proceso de designación del Juez Cornejo.
En las últimas semanas ha tomado cariz de escándalo público el llamado “enroque” entre el Procurador General Pablo López Viñals y el Juez de Corte Abel Cornejo.
La sucesión recíproca de ambos funcionarios, sólo posible mediante la renuncia anticipada a sus cargos, ha sufrido críticas generalizadas. Sin embargo avanza raudamente hacia su concreción.
Entre las muchas irregularidades del caso, hay una que nos importa especialmente, y es la violación evidente, por parte del Senado de la Provincia, de su propio Reglamento interno en lo que respecta a la participación ciudadana.
El acuerdo ya brindado al Procurador López Viñals para incorporarse a la Corte de Justicia omitió el cumplimiento de esta norma interna, obligatoria para el Senado.
El pliego del Dr. Cornejo debiera haberse publicado antes del viernes 3 de mayo. En estos días debiera estar habilitado un período de tachas ante el Senado.
La norma reglamentaria es clarísima. No hay interpretación posible que permita al Senado apartarse de esa norma de su Reglamento en el caso. Precisamente en el caso de los Jueces de Corte y los miembros del Colegio de Gobierno del Ministerio Público, la norma adquiere especial trascendencia.
Estos funcionarios no atraviesan la instancia del Consejo de la Magistratura, que sí deben superar los jueces y magistrados inferiores. Su procedimiento de designación tiene un carácter más marcadamente político y la relevancia institucional de estos cargos es la máxima posible. Excluir a los ciudadanos de opinar es regresar a estadios largamente superados de nuestra democracia.
Seguiremos informando.