Nuevo Diario de Salta
Dijo Isa que falta reglamentar una ordenanza sobre baños
En un alarde de refinado sentido del humor y una apreciable dosis de ironía el intendente Miguel Isa respondió públicamente ayer a la difusión de un informe del sitio web saltatransparente.com que revela que el Ejecutivo Municipal omitió reglamentar 60 ordenanzas en los últimos diez años.
Consultado ayer por Daniel Tapia (FM Capital) sobre el informe publicado por este diario, Isa dijo que “falta reglamentar una de los baños, que dijeron una para popó y una para pipí que es de avanzada”.
El intendente habló también de otros temas de la gestión comunal y hasta resultó aceptable su gesto de sorna, pero nunca explicó por qué hay 60 ordenanzas sin reglamentar y qué importancia le da a las normas que produce el Concejo Deliberante y no están operativas.
Lo que el sitio saltatransparente.com pretende hacer notar, es que existe una producción legislativa importante, que no fue reglamentada y que como consecuencia de ello la ciudadanía se ve privada de los derechos que las ordenanzas regulan, como así también de los beneficios que persiguen.
La actual composición política del Concejo Deliberante se jactó días pasados, al informar que desde marzo a la fecha se aprobaron 232 Ordenanzas, 1.440 Resoluciones, 64 Declaraciones, 123 Solicitudes de Informes y se realizaron 10 plenarios para tratar diferentes temas.
Sin embargo, el intendente remitió al periodista a “una ordenanza sobre los baños”, norma supuestamente destinada a saber dónde hacer “pipí y popó, que es de avanzada”, según sus palabras.
El tono socarrón para comparar las ordenanzas con los baños, revela la jerarquía que el intendente otorga a los concejales y tal vez, en un acto fallido le dio al cuerpo legislativo el rango que realmente cree que tiene.
Para una mejor comprensión de las obligaciones constitucionales del Ejecutivo Municipal el artículo 35 de la Carta Orgánica Municipal: Deberes y Atribuciones del Departamento Ejecutivo.
Serán deberes y atribuciones del Departamento Ejecutivo:
a) Promulgar, publicar y hacer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante y reglamentarlas en los casos en que corresponda”.
Fuente: Nuevo Diario de Salta