CASO PARODI: LOS ARGUMENTOS UTILIZADOS POR EL FISCAL PARA DISPONER EL ARCHIVO DE LA CAUSA

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Hemos tenido acceso al expediente caratulado “Denuncia 234 del Dr. Gonzalo Guzmán c/ Parodi Carlos”, que durante un muy breve tiempo tramitó ante la Fiscalía Correccional Nº 1 a cargo del Dr. Federico Obeid.
Reproducimos a continuación los argumentos utilizados por el fiscal Obeid para disponer el archivo de la causa:
“Del análisis de lo denunciado y de todos los elementos de juicio arrimados, a las presentes actuaciones, especialmente el Edictio en el cual se publicó la Constitución de la Sociedad Positanos SA (rolante a fs. 29) y la Declaración Jurada presentada por el Sr. Parodi el 02-12-12, se advierte que el Sr. Parodi, al referir en su Declaración Jurada que posee Acciones S.A., al igual que la Sra. Bernis, por la suma de $ 25.000, no hace referencia a una sociedad comercial denominada “Acciones SA”, tal como indica el denunciante, sino que el Sr. Parodi declara poseer Acciones en Sociedades Anónimas por la suma de $ 25.000, al igual que la Sra. Bernis, la que coincide con el capital integrado en dienero efectivo por la Sra. Bernis al constituir, junto a la Sra. Dora Gómez, la sociedad de nombre POSITANOS SA, esto es, 25% de la totalidad de las acciones suscriptas, es decir, $ 25.000 ( 25% de $ 100.000)”
En virtud de lo expuesto supra y no surgiendo del relato brindado por el denunciante ni de los demás elementos de juicio arrimados a los presentes obrados que el Sr. Parodi o su conyuge posean otros bienes que los declarados al presentar Declaración Jurada de él y su cónyuge, es decir que la declaración jurada patrimonial no concuerde con su situación patrimonial real, entiendo que el Sr. Parodi no se encuentra incurso en el tipo penal previsto en el art. 263 (3), tercer párrafo del CP, el cual requiere para su configuración que el sujeto activo presente una declaracón jurada patrimonial con un contenido que no concuerde con la situación patrimonial real, en este caso por vía de omisión (no inclusión), deviniendo a fortiori, el hecho denunciado atípico.”
Fiscalía Correcional Nº 1 – Salta, 09 de marzo de 2.012

Firmado: Dr. Federico Obeid. Fiscalía Correcional Nº 1 
(Nota: Recomendamos contrastar las afirmaciones del Fiscal con la declaración jurada del Ministro Parodi publicada en este blog)