Días atrás tomó estado público una presentación realizada por la Unión de Trabajadores Municipales (UTM) mediante la cual se solicitó a la Municipalidad de la Ciudad de Salta que se deje sin efecto la publicación de los sueldos de empleados municipales en su página web, que está realizó en respuesta a nuestras intimaciones.
El pedido del gremio, lleva la firma de su secretario, Pedro Serrudo y la de su secretario adjunto, Carlos Bernis.
El planteo de UTM es un intento de censura
En su presentación, el gremio municipal, a través de su secretario Pedro Serrudo señala que la publicación del listado de empleados y de sus sueldos es “…un acto ilícito y mal intencionado, por cuánto la nómina de salarios, con los datos de los empleados y sus números de documento, se hizo sin el consentimiento de los empleados.”
Afirma también Serrudo que a partir de la publicación de esos datos “…podemos ser objeto de injerencias arbitrarias y abusivas en nuestras vidas privadas y en la de nuestras familias, por la que consideramos que existe una difamación a nuestra honra y reputación.” (SIC)
En base a tales argumentos el gremio además de solicitar el cese de tales publicaciones advirtió a la Municipalidad que iniciaría acciones judiciales por los daños que la publicación de tales datos pudiera haber causado a los empleados municipales.
El planteo de Serrudo además de no resistir el menor análisis jurídico, es un intento de censura, conducta antidemocrática ésta que no se debe tolerar.
La publicación de DNI y de los sueldos de los empleados municipales es legal
Los DNI y los sueldos de los empleados municipales no son datos sensibles y no tienen el carácter de confidenciales conforme surge de la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales, que establece además que no es necesario el consentimiento del titular de esos datos para su publicación.
En efecto el artículo 5, inciso c) de la Ley 25.326 establece expresamente que no es necesario el consentimiento del titular de datos personales, cuando “Se trate de listados cuyos datos se limiten a nombre, documento nacional de identidad, identificación tributaria o previsional, ocupación, fecha de nacimiento y domicilio.”
Por su parte la Ley 27.275 en su artículo 32, establece que es obligación del Estado publicar las nóminas completas de sus empleados y también publicar sus escalas salariales, “…incluyendo todos los componentes y subcomponentes del salario total, correspondientes a todas las categorías de empleados, funcionarios, consultores, pasantes y contratados.”
En relación a la publicación de los sueldos de los funcionarios y de los empleados públicos, la Agencia de Acceso a la Información Pública en su doble carácter de autoridad de aplicación de la Ley 27.275 (De acceso a la información pública y transparencia) y de la Ley 25.326 (De Protección de Datos Personales) tiene dicho que la remuneración, funciones y demás funciones de los empelados públicos deberá considerarse pública (“Criterios orientadores e indicadores de mejores prácticas en la aplicación de la Ley N° 27.275” aprobados por la Agencia de Acceso a la Información Pública de la Nación)
La publicación en internet de la nómina y de los sueldos de los empleados municipales, como se ve, se ajusta a los parámetros hoy vigentes en nuestro país.
La importancia de la publicación de la nómina de empleados públicos y de sus sueldos
La publicación de la nómina de empleados públicos públicos y de sus sueldos además de ser un imperativo legal en nuestro país, cumple una función importante en materia de participación y de control ciudadano como mecanismo preventivo de la corrupción y de lucha contra la corrupción.
La Ley 27.275 establece en su artículo 1, que tales publicaciones deben hacerse en formatos abiertos (y no en formatos cerrados, como la publicación en PDF que efectuó la Municipalidad) ello, a fin de facilitar a terceros su procesamiento por medios automáticos que permitan su reutilización.
En Salta Transparente con la finalidad de facilitar la tarea de análisis o de control que esté interesado en realizar el periodismo o la ciudadanía en general publicamos ya y publicamos ahora nuevamente en formato abierto, la nómina de empleados municipales y de su sueldos.
Tal información de ninguna manera puede afectar la honra o reputación de los empleados, como manifiesta Serrudo, ya que no hay deshonra alguna en ser empleado municipal y cobrar un sueldo por ello.
Al contrario, la publicación de tal información es saludable para nuestro sistema ya que fomenta y facilita la participación y el control ciudadano del manejo de los recursos públicos.
El ciudadano a partir de tal publicación podrá no solo controlar como son utilizados los recursos públicos, sino también detectar posibles posibles casos de conflictos de intereses, casos de nepotismo o de amiguismo en el nombramiento de empleados, entre otros posibles actos de corrupción.
Seguiremos informando.