Aplicarán una multa diaria de $ 3.500 a Aguas del Norte si en un plazo de cinco días no informa detalladamente sobre los sueldos de sus directores, gerentes y demás empleados y sobre sus gastos en publicidad.
La decisión fue tomada en el día de hoy por el juez Alfredo Gómez Bello, Vocal de la Sala V de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, luego de que denunciáramos el incumplimiento por parte de Aguas del Norte de la sentencia que le ordenó entregar tal documentación.
Planillas de sueldos, contratos celebrados con los directores y órdenes de publicidad
En relación a los sueldos de su personal, Aguas del Norte acompañó en su momento planillas Excel con información genérica omitiendo acompañar planillas detallas y concretas sobre los montos efectivamente percibidos por su personal, y en relación al sueldo de los directores y el presidente de la sociedad, los apoderados de Aguas del Norte habían manifestado en el expediente que tales funcionarios trabajaban ad honorem, información que fue contradicha por su presidente en un artículo periodístico que como prueba, fue incorporado al proceso.
En su resolución, el juez señaló que “Desde esta óptica, se constata que CoSAySa S.A. ha incumplido la condena de informar respecto de las planillas de sueldos o remuneraciones por los períodos solicitados, ya que, tal como lo sostienen el amparista y el Sr. Fiscal de Cámara, la información brindada no se adecua a lo dispuesto en el considerando 13 de la sentencia. En efecto, de acuerdo a los términos en que quedó trabada la litis y se decidió el punto, queda claro que la información salarial debe ser concreta y referirse en cada caso a lo que percibieron efectivamente los empleados, gerentes y directores de la sociedad en los meses referidos en la sentencia. No cabe duda de que ello se ajusta a lo solicitado por el actor y a lo entendido por la demandada al contestar la demanda, lugar donde opuso argumentos claramente dirigidos a evitar que esa información sea brindada en forma concreta, los que fueron expresamente tratados y desestimados.”
En relación a los sueldos de los directores, el juez ordenó a Aguas del Norte a aclarar lo pertinente y en su caso a acompañar los contratos que tenga suscriptos con los miembros de su directorio.
Por último y en relación a las órdenes de pago por publicidad que Aguas del Norte no acompañó porque consideró que resultaría oneroso imprimirlas, el Juez señaló “…que no puede discutirse en el procedimiento de cumplimiento o de ejecución de la sentencia lo que se debatió o pudo debatirse en el proceso anterior de conocimiento y, en este orden, la
demandada no planteó ningún reparo al contestar la demanda respecto de las dificultades de cumplimiento de la exhibición de la documentación requerida. Por lo tanto, debe arbitrar las medidas pertinentes para hacer efectiva la manda judicial, pues de lo contrario se pondría en juego el estado de derecho y el principio de seguridad jurídica, cuyo objetivo es precisamente hacer efectivos los derechos constitucionales.”
Seguiremos informando.