Cumpliendo lo que prometimos días pasados, daremos cuenta paso a paso de cómo avanza el juicio de amparo que nos vimos obligados a plantear contra la Corte de Salta.
Cabe recordar que el 11 de agosto iniciamos una acción de amparo contra el Máximo Tribunal de la Provincia de Salta por negarse a brindar información sobre los sueldos de los jueces que la integran.
La demanda fue interpuesta con el patrocinio letrado de Roque Rueda ante el Juez Leonardo Aranibar, Vocal de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial y tramita bajo la caratula “Guzmán Coraita Gonzalo c/ Poder Judicial de Salta – Corte de Justicia de Salta s/ Amparo” (Expte. 710.331/20)
Como también dijimos antes, este juicio no sólo interesa por su objeto – conocer información que es evidentemente pública sobre lo percibido por los Jueces de Corte – sino porque constituye una oportunidad para testear cómo funciona el sistema.
Se trata de constatar si un ciudadano tiene alguna posibilidad real de ejercer razonablemente su derecho a la tutela judicial cuando demanda al propio Poder Judicial. De averiguar hasta qué punto se convierten en obstáculos infranqueables las actitudes corporativas y el temor – reverencial o de cualquier otra índole – frente a quienes ocupan la cúpula de este poder.
ASI EMPEZÓ EL JUICIO CONTRA LA CORTE
El Juez resolvió que la Corte no sea notificada de la demanda
Los primeros pasos del juicio, por ahora, nos han sorprendido. El Juez del amparo, Dr. Leonardo Araníbar, en su primer decreto, decidió correr traslado de la demanda no a la Corte, que es la autoridad demandada, sino al Fiscal de Estado. Fundó su decisión en el hecho de que se encuentra demandado un poder del Estado Provincial y que por ende es el Fiscal de Estado quien debe responder.
13/08/20: Primer decreto del Juez
Solicitamos al Juez que ordene notificar a la Corte la interposición de nuestra demanda –
14/08/20 – Presentación solicitando se corra traslado de la demanda a la Corte
20/08/20: Dictamen del Fiscal de Corte, Eduardo Sylvester
20/08/20: Segundo decreto del Juez
Luego de emitido el dictamen del Fiscal de Corte, el juez del amparo, sin aceptar ni negar expresamente nuestro pedido de que se corra traslado a la Corte, ordenó cumplir con el traslado ordenado respecto del Fiscal de Estado. No era necesario por cuanto ya lo habíamos hecho.
Los próximos pasos
Como decimos, los pasos que viene dando hasta ahora el juicio son, por lo menos, sorpresivos. La Corte de Justicia es el órgano máximo de un poder del Estado. El objeto de la acción atañe a cuestiones privativas de la propia Corte, no a intereses ni bienes del Estado. Resulta extrañísima la reticencia a correrle traslado.