La Municipalidad de Salta gastó $ 394.500 en la contratación de los artistas que participaron en el festival “Salta Cumple”

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Días después del pedido de acceso a información sobre los gastos del Festival Salta Cumple que presentamos ante la Secretaría de Turismo Municipal, la Municipalidad de Salta publicó en su página web el Boletín Oficial Nº 2049 correspondiente al 24 de abril de 2.015, en el que constan las resoluciones que aprobaron la contratación de artistas para el Festival “Salta Cumple”.
Del boletín oficial municipal surge que la Municipalidad de Salta gastó $ 394.500 en la contratación de los artistas y de los locutores que participaron de la edición 2.015 del festival “Salta Cumple”.
$ 244.000 se invirtieron en la contratación del Chaqueño Palavecino, para una presentación de 120 minutos, de acuerdo a lo establecido en la Resolución 119 que publicamos al final de la nota.

Los gastos de contratación de los artistas que participaron en el festival Salta Cumple, edición 2.015

1) Chaqueño Palavecino: $ 244.000
2) Las Voces de Orán: $ 33.000
3) Martín Pitín Zalazar: $ 16.500
4) Los Sauzales: $ 16.500
5) Paola Arias: $ 16.000
6) Pujllay: $ 13.000
7) Gustavo Alberto Córdoba: $ 13.000
8) Son Ellas (María Jimena Teruel / Verónica Marcos Nallim): $ 10.500
9) Los peñeros: $ 8.000
10) Tucanchaya: $ 8.000
11) Los Arrieros de Salta: $ 5.000
12) Carlos Matías Castro: $ 3.000

Locutores

1) Oscar Humacata: $ 4.000
2) Rolando Soria: $ 4.000

La información oficial contradice la versión de un funcionario municipal

La información oficial, contradice la versión de Hugo Ovalle, funcionario municipal que había asegurado al portal Calchaquimix, que la inversión en el festival era mínima, que el Chaqueño no cobraba cachet, y que la Municipalidad “sólo corre con los gastos básicos para subir al escenario con sus músicos.”

Pedido de informe pendiente

Solicitamos a  la Secretaría de Turismo Municipal copias de las resoluciones y constancias de pago correspondiente a la totalidad de los gastos del festival en sus dos últimas ediciones, esto es gastos de instalación de escenarios, luces, sonidos, catering, servicios de seguridad y gastos de contratación de artistas.
 El titular de esa dependencia, Rodolfo Antonelli, se comprometió a brindar la información solicitada a la brevedad. Su respuesta nos permitirá conocer el gasto total del Festival.
Seguiremos informando.

Anexo Documental

Publicamos la resolución que aprueba la contratación del Chaqueño Palavecino
RESOLUCION Nº 119
 
 
SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 20737-SG-2015.-
 
VISTO la Nota de Pedido Nº 00914/15 (fs.02), mediante la cual Subsecretaría de Planificación y Desarrollo de Eventos Turísticos área dependiente de la Secretaría de Turismo y Cultura, solicita la Contratación por una presentación del artista folclórico Oscar “El Chaqueño Palavecino”, con una duración de 120 minutos, destinada para el día 25 de abril del cte. año, con motivo de conmemorar un nuevo aniversario de la Fundación de la Ciudad de Salta en el Anfiteatro Eduardo Falú – Plaza España, cuyo importe asciende a la suma total de $ 244.000,00 (Pesos doscientos cuarenta y cuatro mil con 00/100), y;
 
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 16 Dirección General de Control del Gasto efectúa el análisis formal del pedido;
 
QUE a fs. 16 vta. la Subsecretaria de Planificación y Control Económico informa que el monto del gasto ascendería a la suma de $ 244.000,00;
 
QUE a fs. 18 Dirección General de Presupuesto informa la existencia de partida presupuestaria correspondiente a la presente erogación;
 
QUE a fs. 19 Subsecretaría de Finanzas informa la factibilidad financiera e indica la siguiente modalidad de pago: Contado;
 
QUE a fs. 20 emite informe la Dirección General de Contrataciones, manifestando que corresponde se aplique el procedimiento encuadrado en el Art. Nº 13 de la Ley de la Provincia Nº 6.838, el cual establece el procedimiento de Contratación Directa Libre Elección por Negociación Directa, expresando que: “Solo podrá contratarse bajo ésta modalidad en el siguiente caso:…inc. c) Para adquirir bienes o contratar servicios cuya fabricación o suministro sea exclusiva de quienes tengan privilegio para ello, o que solo sean poseídos por personas o entidades que tengan exclusividad para su venta, siempre que no puedan ser sustituidos por bienes similares. La marca de fábrica no constituirá causal de exclusividad, salvo que técnicamente se demuestre que no hay sustitutos convenientes.” Asimismo, el artículo 13 del Decreto Nº 931/96, establece que…inc. d) En contrataciones directas por libre negociación, se cotejarán las cotizaciones de por lo menos 3 (tres) firmas del ramo, salvo por la naturaleza de la contratación, ello no fuere posible. En los supuestos previstos en los incisos f), g), l) y m) los montos no podrán superar los límites dispuestos para la modalidad de precio testigo;
 
QUE es procedente emitir el instrumento legal pertinente;
 
POR ELLO:
 
EL SECRETARIO DE HACIENDA
DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
RESUELVE:
 
ARTICULO 1º.-APROBAR el proceso llevado a cabo para la contratación por “UNA (1) ACTUACION DEL ARTISTA FOLCLORICO OSCAR EL CHAQUEÑO PALAVECINO”, con un presupuesto oficial de $ 244.000,00 (Pesos doscientos cuarenta y cuatro mil con 00/100).-
 
ARTICULO 2º.-ADJUDICAR la CONTRATACION DIRECTA LIBRE ELECCION POR NEGOCIACION DIRECTA mencionada en el Art. Nº 1 de la presente Resolución y conforme lo establecido en el Art. Nº 13, inc. c), d), f), g), l) y m) de la Ley de la Provincia Nº 6.838, al EL GUASCHO S.R.L. – CUIT Nº 30-70960460-7 por la suma de $ 244.000,00 (Pesos doscientos cuarenta y cuatro mil con 00/100), por resultar conveniente a los intereses del Estado Municipal.-
 
ARTICULO 3º.-DAR por Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.-
 
ARTICULO 4º.-REMITIR el Expediente de referencia con copia legalizada del presente Instrumento Legal al Tribunal de Cuentas Municipal, conforme lo establecido por el Art. 15 de la Ordenanza Nº 5.552, modificada por Ordenanza Nº 14.257.-
 
ARTICULO 5º.-NOTIFICAR por Dirección General de Coordinación de la Secretaría de Hacienda del contenido del presente Instrumento Legal al Sr. Bautista Rodolfo Ceballos socio gerente de la firma EL GUASCHO S.R.L., posterior al informe emitido sin observaciones del Tribunal de Cuentas Municipal.-
 
ARTICULO 6°.-CUMPLIDO con el trámite y el procedimiento de lo dispuesto en el Art. Nº 4, comunicar publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GOMEZA